12/9/17

Digitalización en las administraciones públicas

De un tiempo a esta parte, ha adquirido mayor notoriedad que la Administración Pública española pase del papel a lo digital. En parte, se debe a las leyes 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y su sucesora, 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estas leyes obligan a las administraciones a proveer sus servicios en formato electrónico.

No obstante, también va con el signo de los tiempos, y es que la digitalización está afectando al mundo educativo, con la tecnología educativa; al empresarial, habiendo incluso perfiles que se encargan de la «transformación digital»; al ámbito sanitario, con cada vez más tecnologías al servicio de la medicina, etc.

Documentos

¿Por qué es importante que la Administración Pública se digitalice? Las tecnologías digitales pueden aportar eficiencia y facilidades tanto a funcionarios como destinatarios de los servicios. Los trámites, citas médicas, declaración de impuestos, etc., por vía telemática suponen un ahorro en términos económicos para ambas partes. El disponer de bases de datos digitalizadas hace más fácil su consulta y su compartición entre administraciones. Además, prescindir del papel es un ahorro obvio en términos energéticos. De acuerdo con el Plan MEJORA, promovido por la Dirección General de Modernización Administrativa, también aporta competitividad a las organizaciones.

Así, en 2007 se inició un plan, junto con la Ley, para digitalizar las administraciones. En 2014 se presentó en Consejo de Ministros el «Informe sobre el grado de avance de la implantación de la Administración Electrónica en la Administración General del Estado» (puedes descargarlo de aquí).

De acuerdo con este informe se estima haber ahorrado 2.785.000.000 € para ciudadanos y empresas, en concepto de reducción de cargas administrativas, y de 69.706.000 € para las administraciones. España se sitúa en la media europea en cuanto a gobierno electrónico, según este informe. En esta línea, en torno a un 75 % de los trámites con la Administración General del Estado se habría realizado electrónicamente. En el caso de las administraciones comunitarias, Madrid junto a Navarra, País Vasco y Cataluña, lidera la digitalización de trámites a particulares y empresas. A nivel municipal, es reseñable que un 89 % de los municipios con más de 1.000 habitantes contaban con un portal web.

En contraste con estos datos del informe, el blog eFuncionario publicaba en 2011, tres años antes del informe que:

«Cuando hemos pasado del expediente “papel” al expediente electrónico, hemos hecho una correspondencia entre ambos, prácticamente literal. Del mismo modo usamos la firma electrónica, como un reemplazo de la firma y sello manual. Seguimos teniendo un Registro Electrónico por cada organismo, al igual que hay un registro físico de ventanilla.» Fuente.

Para ahondar en la digitalización, la Comunidad de Madrid ha presentado este mismo año el primer Plan Estratégico de Innovación y Modernización de la Gestión Pública, PEIM, que tiene como objetivo conseguir un modelo de gestión más eficiente que facilite la prestación de servicios públicos de la máxima calidad bajo los principios de la transparencia y el buen gobierno. Este plan dispone de un total de 14 programas que, a su vez, contienen una batería de 41 proyectos y 207 medidas concretas, estructuradas en torno a tres ejes estratégicos y cuatro ejes trasversales.

Entre otras cuestiones, este plan contempla la implantación de la cita previa online, la creación de la carpeta del ciudadano/empresa, así como el conjunto de actividades relacionadas con el aprendizaje digital de los empleados públicos.

¿Tú qué opinas? ¿Cómo han avanzado o innovado los procesos digitales en las Administraciones Públicas?



4 comments:

Angel del Pozo dijo...

Personalmente lo he percibido en algunos servicios, lo que ya me parece notable. También me ha parecido encontrar notables resistencias en algunos casos. En particular en ayuntamientos y en administración de justicia

Anónimo dijo...

Mi experiencia ha sido positiva, después de sortear dificultades. Si bien el servicio es muy útil, las instrucciones están en lenguaje difícil de comprender para quien no esté familiarizado con el contenido del negociado de la página (hacienda, seguridad social, servicios sociales...)cada uno habla su propia jerga.
Por otro lado, en general las páginas son poco intuitivas y a veces precisan de requerimientos técnicos que no todo el mundo puede tener, los enlaces no funcionan bien, la información no está actualizada, y el acceso telefónico para resolver dudas por lo general no funciona.
Una vez salvados estos obstáculos (que suponen mucho tiempo) me parece muy buen servicio tanto en relación a papel como no tener que hacer colas en horas además imposibles para quien tenga que trabajar por la mañana.

Sue dijo...

La Ley mencionada Ley 11/2007 se encuentra derogada. Sería importante revisar legislación antes de emitir una nota.

Unknown dijo...

Hola Sue, en efecto la actual ley esta derogada y ha sido sustituida por la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hemos modificado esta información en el blog. Muchas gracias por tu aportación.

Un saludo.

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